Servicios

Pioneros en la defensa a Carabineros

Como equipo jurídico buscamos entregar un servicio capaz de desarrollar una defensa adecuada al personal de Carabineros respecto de sus sanciones administrativas y bajas, incluso cuando ha pasado un periodo de dos años de la sanción.

Defensa enfocada exclusivamente y en forma indubitable al Personal de Nombramiento Institucional. No defendemos oficiales ya que son quienes aplican la sanción o baja a los funcionarios, por lo cual, no podemos ser parte de una defensa en que sea contraparte tanto en la actualidad como en lo sucesivo.

Nuestro horizonte es aplicar la justicia para aquellos funcionarios que son afectados por la propia Institución y por causas de terceros, especialmente, cuando toman un procedimiento y luego son dados de baja, o lo someten a un sumario administrativo en virtud de reclamos o denuncia que por ocasión o causa del procedimiento gestionado en la población o en la guardia son sometidos a procesos administrativos que pueden culminar en Tribunales Justicia o en Fiscalía Militar.

TRAMITACIÓN DE CAUSAS

Asesores especializados en Causas de Carabineros PNI. Somos lo único. 

SERVICIOS

Somos quienes entregan facilidades de pago a nuestros clientes, pero, el cliente debe actuar con tranquilidad y confianza.

LEGALIDAD

Aplicar la justicia para aquellos funcionarios que son afectados por la propia Institución

MATERIAS DE TRAMITACIÓN

Servicios y Asesoría Legal

DERECHO CIVIL

Rama o Derecho que busca obtener una indemnización de perjuicios por diversas materias. Debiendo distinguir si la persona afectada se encuentra ante una responsabilidad contractual o extracontractual. 

Los sujetos activos pueden ser diversos, por ejemplo; un conductor que atropella a alguien; por un incumplimiento de contrato; por un delito de injuria o calumnia; por un atropello de un motociclista, o la caída de éste por causa de un choque o colisión; por delito de lesiones, por detenciones arbitrarias o formalizaciones arbitrarias por un Fiscal de la República del Estado, una negligencia médica (Público, Privado o por la Comisión Médica Central), una investigación o sumario administrativo arbitrario, etc. Tener siempre pendiente que, por causa de esta acción legal, se busca reparar el daño con una indemnización de perjuicios, la cual, consiste en obtener una cantidad de dinero indeterminado en base de una sentencia. 

DERECHO PENAL

Este mundo tan oscuro y tenebroso que aplica el Estado puede iniciarse por un control de detención, una formalización, la que es previamente por una investigación del Ministerio Público. Las etapas de juicio son diversas ante el juez de garantía. La causa puede terminar incluso ante el Tribunal de juicio oral en lo penal. Esto por diversos delitos que tipifica el código penal. Una defensa adecuada y que busca tanto la responsabilidad como la inocencia o la graduación de la pena, es un asunto que el abogado realiza en el fondo de su investigación con conocimientos sustantivos como prácticos.

DERECHO ADMINISTRATIVO

Todo comienza con un sumario administrativo o investigación, sea por responsabilidad penal o civil, ley 18.834, art. 115. Se suele hablar de la independencia de la sanción. Sin embargo, lo que prima es la tramitación en Derecho Penal, ante el juez de garantía o Tribunal Oral en lo Penal. Tramitando por supuesto todo lo que corresponde en lo administrativo con respecto a sus etapas. En carabineros en base de sus Reglamentos, Nº 11; Nº 15, Nº 7, el cual dispone en el Artículo 1º El régimen disciplinario de Carabineros se ceñirá a las disposiciones del presente Reglamento, y ellas serán aplicables a todo el personal de planta de la Institución, Reglamento Nº 8. Sin embargo, la tramitación también se realiza en base de las leyes 19.880; 20.285. Llevando incluso el caso ante la Contraloría General de la República de Chile.

En efecto, tenemos un conocimiento completo de la materia, no hacemos escritos, sino documentos legales que llegarán a buscar la responsabilidad administrativa, civil, o penal, del oficial investigador o del oficial que interpuso la baja o por la Comisión Médica Central.

DERECHO FAMILIA

En estas materias hay que distinguir una diversa tramitación tales como:

ALIMENTOS. ¿Cuáles son los pasos para demandar por pensión de alimentos? ¿Cuál es el monto mínimo para la pensión de alimentos? ¿Cómo se calcula el monto de la pensión de alimentos? ¿Cómo se puede solicitar rebaja o aumento de la pensión de alimentos? ¿Cómo se reajusta la pensión de alimentos? ¿Cómo se solicita el cese de la pensión de alimentos? ¿Cómo cobro una deuda de pensión de alimentos? ¿De qué forma se puede determinar una pensión de alimentos? ¿La pensión de alimentos se puede pausar?

DIVORCIO. ¿Quiénes pueden solicitar o demandar el divorcio? ¿Cuáles son las causales para solicitar un divorcio? ¿Necesito un abogado para divorciarme? ¿Dónde puedo recurrir si no puedo pagar un abogado? ¿Cómo inicio los trámites para divorciarme? ¿Qué pasa con los hijos sí quiero demandar o solicitar el divorcio? ¿Cuáles son los requisitos para divorciarse? Si me divorcié ¿Puedo volver a casarme inmediatamente?

MEDIACIÓN. ¿Qué es la mediación? ¿Cómo se inicia el proceso de Mediación? ¿En qué casos es obligatoria la mediación? ¿Qué necesito para una mediación? ¿Qué pasa si no asisto a la mediación? ¿Qué pasa si no se llega a acuerdo en la mediación?

HERENCIAS. ¿Es posible rechazar una herencia si existen deudas asociadas?

DELITO DE PREVARICACIÓN

Es un delito especial que solo puede ser cometido por una autoridad o por un funcionario público y que consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. El actor de esta conducta punible será penado con la inhabilitación de su cargo. Esto es un buen caso para tramitar las causas de los funcionarios públicos, en este caso, a los Carabineros de Chile que sean PNI, tanto, por los sumarios administrativos; investigaciones; o por la Comisión Médica Central, en razón que incurra en el artículo previsto por el código penal. 

RECURSOS DE PROTECCIÓN Y/O DE AMPARO. 

Cabe preguntarse ¿Cuáles son los derechos y libertades amparados por el recurso de protección? Los derechos respecto de los cuales se puede presentar este recurso se encuentran contemplados en el artículo 20 de la Constitución, que establece cuáles de los numerales del artículo 19 de la Constitución Política quedan protegidos por dicha acción. En términos generales son los siguientes: Derecho a la vida; Igualdad ante la ley; Derecho ser juzgado por los tribunales que establece la ley y que estén establecidos antes de la ejecución del hecho; Derecho a la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y, asimismo, la protección de sus datos personales; Derecho a la protección de la vida privada y a la honra de la persona y su familia; Inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada; Libertad de conciencia y libertad de culto; Derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado; Libertad de enseñanza; Libertad de opinión e información; Derecho de reunión; Derecho de asociación; Libertad de trabajo, su libre elección y libre contratación; Derecho de sindicalización; Libertad para desarrollar cualquier actividad económica; Derecho a no ser discriminado en el trato del Estado en materia económica; Libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes; Derecho de propiedad; Derecho de propiedad intelectual e industrial; Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, cuando sea afectado por un acto u omisión imputable a una persona o autoridad determinada.

RECURSO DE AMPARO 

Se le llama recurso de amparo a aquella acción que la Constitución concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la Constitución o a la ley, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Como estudio jurídico nos hacemos valer también mientras dure el proceso penal, de concurrir de acción, en contra del Estado de Chile, ante la Comisión Internacional de los Derechos Humanos, especialmente si el imputado se encuentra privado de libertad. 

JUZGADO DE POLICÍA LOCAL

EL procedimiento ante los Juzgados de Policía Local (Ley 18.287) por accidente de tránsito. ¿Como se inicia un procedimiento ante un Juzgado de Policía local, por accidente de tránsito?. Cuando ocurre un accidente de tránsito, este hecho puede iniciarse por una denuncia ante Carabineros de Chile o a través de la interposición de una querella infraccional, patrocinada por un abogado habilitado para la profesión.¿Que se entiende por denuncia?. Es aquella que se inicia por regla general ante Carabineros de Chile a consecuencia de un accidente de tránsito. Esta denuncia se remite al Juzgado de Policía Local, que corresponde al lugar donde ocurrió el accidente, citando a los involucrados, para que declaren sobre los hechos ocurridos por el accidente de tránsito.

Defensa a Funcionarios de Carabineros

Nuestros servicios jurídicos comprenden defensas administrativas en la Institución o ante la Comisión Médica Central. Para ello agotamos todas las instancias respectivas, inclusive ante la Contraloría General de La República de Chile, a fin de obtener un respectivo pronunciamiento. 

Las causas administrativas de Carabineros pueden necesitar una defensa penal, esto, en todo tipo de audiencias ante el juzgado de Garantía, Tribunal Oral en lo Penal, tales como formalizaciones, control de detención, etc; y todo aquello en que el funcionario se vea implicado como imputado o Querellante de una causa penal. 

Iniciamos y defendemos acciones por delito de Prevaricación Administrativa o Judicial, delito que consiste por haber dictado resoluciones arbitrarias o contrario a Derecho por algún funcionario público o juez de la República. 

En conclusión, el funcionario podrá tener seguro con nuestro equipo jurídico que se le brindará tres tipos de defensa: Civil; Administrativo; Penal. 

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